Régimen Especial de Trabajadores Desplazados en España

El Régimen Especial de Trabajadores Desplazados en España, comúnmente conocido como la Ley Beckham, es un régimen fiscal especial que ofrece una tributación favorable para aquellos que trasladan su residencia a España debido a razones laborales. En este artículo, examinaremos en detalle este régimen y sus implicaciones fiscales.

 

📝 Requisitos  

Para acogerse a este régimen, los contribuyentes deben cumplir una serie de requisitos específicos, que incluyen: 

  1. No haber sido residentes en España durante los cinco períodos impositivos anteriores al desplazamiento. 
  1. Pueden acceder a este régimen:

Trabajadores por cuenta ajena, podrán también acogerse aquellos trabajadores que, sea o no ordenado por el empleador, se desplacen a territorio español para trabajar de forma remota.

Seguirán pudiendo acceder al régimen, los trabajadores cuyo desplazamiento es ordenado por su empleador a través de una carta de desplazamiento y los administradores de sociedades, a quienes ya no se le exige un porcentaje de participación en las mismas para acogerse. También los profesionales altamente calificados que presten servicios a empresas emergentes o que lleven a cabo actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación

Personas que emprendan en España, que realicen una actividad innovadora o que sea de interés económico para el país; por lo que deben contar con un informe favorable de ENISA.

Una novedad es la posibilidad de acoger a este régimen a los hijos menos de 25 años del contribuyente (o de cualquier edad en caso de discapacidad) y a su cónyuge o progenitor de sus hijos, en el caso de no estar casados, siempre que se cumplan diversos requisitos.

  1. No obtener rentas que se considerarían obtenidas a través de un establecimiento permanente en España. 

Duración y Opción al Régimen 

Este régimen se aplica durante el período impositivo en el que el contribuyente adquiere su residencia fiscal en España y durante los cinco períodos impositivos siguientes. Se considera que se adquiere la residencia en el primer año natural en el que la permanencia en territorio español supere los 183 días. 

La opción por este régimen debe realizarse mediante una comunicación dirigida a la Administración tributaria en un plazo máximo de seis meses desde el inicio de la actividad en España. 

Renuncia al Régimen Beckham 

Los contribuyentes que se hayan acogido a este régimen pueden renunciar a su aplicación durante los meses de noviembre y diciembre anteriores al año natural en que la renuncia debe surtir efectos. La renuncia implica un proceso específico que debe seguirse adecuadamente. 

Conclusión 

En resumen, el Régimen Especial de Trabajadores Desplazados, ofrece ventajas fiscales significativas para aquellos que se trasladan a España por razones laborales.

  • Solo se tributa por las rentas obtenidas en España 
  • Se considera como No residente 
  • Ventaja en la aplicación del tipo del 24% hasta un máximo de 600.000 euros, lo excedente tributa al 47% 
  • No hay obligación de presentar modelo 720 
  • No se aplica los convenios de doble imposición 

Si estás considerando un traslado a España por motivos laborales, es fundamental comprender este régimen y cómo podría afectar tu situación fiscal. Contacta con nosotros y te asesoraremos de forma personalizada. 

Realizamos toda la gestión de contabilidad y fiscalidad de forma digital para que no te suponga un trabajo adicional. Impuestos, gastos deducibles, nóminas, comisiones de ecommerce, estados contables, y todo el papeleo al día y de manera sencilla. 


Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Add Comment *

Name *

Email *

Website *